3.5 Formatos o modelos de contratos o pliegos tipo
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3.5 · Contratación
Formatos o modelos de contratos o pliegos tipo
PARÁGRAFO. La Empresa de Desarrollo y Renovación Urbana de Cali – EDRU E.I.C.E., en atención a su naturaleza jurídica como Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden municipal, desarrolla su actividad contractual bajo un régimen especial de contratación, de conformidad con las disposiciones legales que regulan su naturaleza, sus Estatutos y el Manual de Contratación adoptado por la entidad. En consecuencia, sus procesos de selección no se encuentran sometidos al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública ni a las disposiciones que establecen la obligatoriedad de los Documentos Tipo o Pliegos Tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, cuya aplicación se circunscribe a las entidades y modalidades de selección expresamente previstas por el legislador y su reglamentación. No obstante, la EDRU E.I.C.E., en ejercicio de los principios de transparencia, economía, selección objetiva, igualdad, publicidad, planeación y responsabilidad que orientan su actividad contractual, podrá adoptar o incorporar, cuando lo considere procedente, criterios, lineamientos o buenas prácticas contenidas en dichos documentos, siempre que ello resulte compatible con su régimen especial de contratación y con las necesidades propias del proceso contractual.
FUNDAMENTO NORMATIVO:
- Artículo 13 de la Ley 1150 de 2007 (principios aplicables a las entidades con régimen especial de contratación).
- La normativa que regula los Documentos Tipo (Ley 2022 de 2020 y los decretos reglamentarios), precisando que su obligatoriedad está dirigida a las entidades y procesos expresamente definidos por el Gobierno nacional.
Formatos o modelos de contratos o pliegos tipo
PARÁGRAFO. La Empresa de Desarrollo y Renovación Urbana de Cali – EDRU E.I.C.E., en atención a su naturaleza jurídica como Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden municipal, desarrolla su actividad contractual bajo un régimen especial de contratación, de conformidad con las disposiciones legales que regulan su naturaleza, sus Estatutos y el Manual de Contratación adoptado por la entidad. En consecuencia, sus procesos de selección no se encuentran sometidos al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública ni a las disposiciones que establecen la obligatoriedad de los Documentos Tipo o Pliegos Tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, cuya aplicación se circunscribe a las entidades y modalidades de selección expresamente previstas por el legislador y su reglamentación. No obstante, la EDRU E.I.C.E., en ejercicio de los principios de transparencia, economía, selección objetiva, igualdad, publicidad, planeación y responsabilidad que orientan su actividad contractual, podrá adoptar o incorporar, cuando lo considere procedente, criterios, lineamientos o buenas prácticas contenidas en dichos documentos, siempre que ello resulte compatible con su régimen especial de contratación y con las necesidades propias del proceso contractual.
- Artículo 13 de la Ley 1150 de 2007 (principios aplicables a las entidades con régimen especial de contratación).
- La normativa que regula los Documentos Tipo (Ley 2022 de 2020 y los decretos reglamentarios), precisando que su obligatoriedad está dirigida a las entidades y procesos expresamente definidos por el Gobierno nacional.

